Promulgan ley que crea “Alertas RD” para búsqueda nacional de personas desaparecidas
El presidente Luis Abinader establece un sistema obligatorio y coordinado para activar alertas en menos de 24 horas
El presidente Luis Abinader promulgó la Ley 25-26, que crea el sistema nacional “Alertas RD” para la búsqueda inmediata y coordinada de personas desaparecidas en la República Dominicana. Esta ley, aprobada en junio de 2026, establece la activación obligatoria y conjunta de la Policía Nacional y el Ministerio Público en un plazo menor a 24 horas tras el reporte de desaparición, con el fin de garantizar una respuesta ágil y efectiva, priorizando la dignidad humana y la protección de los sectores vulnerables.
Sistema nacional para búsqueda urgente
La nueva legislación establece un mecanismo de difusión masiva, inmediata y en tiempo real de información relevante sobre personas desaparecidas. Para ello, integra el trabajo conjunto de instituciones estatales, medios de comunicación y la sociedad civil.
Tipos de alertas especializadas
La ley clasifica las alertas de acuerdo al perfil de la persona desaparecida:
- Alerta Amber: Para la sustracción o desaparición de niños, niñas y adolescentes.
- Alerta Silver: Dirigida a adultos mayores de 65 años.
- Alerta Azul: Para personas con discapacidad física o mental.
- Alerta Rosa: Para mujeres en situación de violencia de género o vulnerabilidad por trata de personas.
La Policía Nacional o el Ministerio Público deben activar el sistema tras la denuncia, que puede ser presencial o telefónica, en un máximo de 24 horas.
Canales de difusión y registro nacional
Las alertas tienen una duración inicial de cinco días calendario, prorrogables según sea necesario. Su difusión se realizará a través de redes sociales, medios tradicionales, terminales de transporte, plataformas digitales y boletines policiales, garantizando un alcance amplio y efectivo.
Además, se crea el Registro Nacional de Personas Desaparecidas, una base de datos centralizada y accesible interinstitucionalmente, bajo la supervisión de la Policía Nacional. Esta plataforma pública incluirá datos personales, descripciones físicas, fotografías, estatus de la búsqueda e información médica, respetando estrictamente la privacidad de las víctimas.
Gobernanza y sanciones para omisiones
Para la gestión estratégica del sistema, se establece el Consejo Nacional para la Búsqueda de Personas Desaparecidas, adscrito al Ministerio de Interior y Policía y presidido por su titular. Este consejo incluye representantes de múltiples organismos públicos, como la Procuraduría General, Ministerio de Defensa, Ministerio de la Mujer, Sistema 9-1-1, entre otros.
La ley contempla sanciones severas para servidores públicos que, con conocimiento de un caso, omitan informar o dificulten la activación del sistema, bajo la Ley de Función Pública y responsabilidades civiles o penales.
Esta iniciativa representa un avance significativo en la protección de los derechos humanos y la atención oportuna ante desapariciones en el país. La coordinación interinstitucional y el uso de tecnologías digitales serán clave para su efectividad. Para más información sobre políticas públicas y seguridad, puede consultarse el portal oficial del gobierno dominicano.

